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Aspirante a la Secretaría General de UNTRAC emite declaraciones imprecisas sobre constancia de representatividad

porEditor Libre Opinión

Ene 13, 2025

El pasado 7 de diciembre de 2024 en el municipio de Felipe Carrillo Puerto, Edwin Alberto Alfaro Chan, aspirante a la Secretaría General de la UNTRAC Sección I “UH-YUMILBEH”, en conferencia de prensa afirmó que el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral le otorgó la constancia de representatividad, asegurando haber cumplido con los requisitos necesarios para ello.

Ante estas declaraciones, se realizó una investigación que arrojó inconsistencias en las afirmaciones del aspirante. Según la Ley Federal del Trabajo, específicamente el artículo 390 Bis, la constancia de representatividad es un documento indispensable para llevar a cabo un contrato colectivo de trabajo entre un sindicato y un patrón. Este requisito garantiza la representatividad en las organizaciones sindicales y la legalidad en la firma y registro de dichos contratos.

El artículo 390 Bis establece:
“Para solicitar la celebración del contrato colectivo de trabajo inicial será indispensable que el sindicato obtenga del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral la Constancia de Representatividad, a fin de garantizar los principios de representatividad en las organizaciones sindicales y certeza en la firma, registro y depósito de los contratos colectivos de trabajo.”

En este contexto, Edwin Alberto Alfaro Chan está confundido respecto al proceso. La constancia de representatividad no corresponde a la toma de nota, que es el documento emitido por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral para acreditar a la nueva directiva sindical, conforme al artículo 365 de la Ley Federal del Trabajo.

Al interactuar con los representantes de los diferentes medios de comunicación, Alfaro Chan presentó documentación que, según él, lo acredita como Secretario General de la UNTRAC y le permite asumir la representación legal del sindicato. Sin embargo, ignora que, tras finalizar el proceso de elección interna del sindicato, el siguiente paso es subir la información requerida a la plataforma del Centro Federal para complementar el trámite y obtener la toma de nota correspondiente.

Las inconsistencias detectadas en sus declaraciones ponen en duda el conocimiento del aspirante sobre los procedimientos legales en materia sindical, lo que podría generar confusión entre los miembros del sindicato y la opinión pública.